- Finalidad de la ayuda:
- Apoyar a las empresas extremeñas que deseen expandirse a través del modelo de franquicia; se pretende incrementar el número de franquicias extremeñas, subvencionando los gastos ligados a la creación de la franquicia (manuales, contrato, imagen corporativa, programa informático de gestión); y ayudar a las franquicias extremeñas que ya existen para su desarrollo y expansión, con ayudas para la actualización de la documentación, formación inicial de los franquiciados y desarrollo de actuaciones de promoción y publicidad.
Destinatarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en el presente decreto las franquicias que cumplan los siguientes requisitos:– Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las franquicias que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que tengan domicilio fiscal en Extremadura.
b) Que tengan registrada la marca en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
c) Que tengan al menos tres establecimientos en funcionamiento, ya sean propios o franquiciados, según se haga constar en la solicitud de ayuda (Se justificará aportando la declaración responsable que figura como anexo I).– Además, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Fase empresarial:
- Creación y Consolidación
Ayudas para el apoyo a la creación, desarrollo y promoción nacional e internacional de las franquicias
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El plazo para presentar solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.